El nuevo PGOU permite regularizar la situación de los establecimientos hoteleros fuera de ordenación

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El Ayuntamiento de Tarifa ha celebrado esta mañana un pleno en el que ha dado luz verde a la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que permitirá resolver desajustes en las fincas fuera de ordenación. «Se impulsa así una modificación puntual que posibilitará adaptaciones a la normativa sectorial entre los establecimientos turísticos localizados en suelos no urbanizables o diseminados. Mejoras de accesibilidad y eficiencia energética, y actuaciones en materia de seguridad y salud tienen ahora un encaje legal en los establecimientos localizados en suelos no urbanizables y fuera de ordenación. El reto es fortalecer la competitividad del sector turístico que históricamente se ha asentado en zonas como la carretera Nacional 340», ha explicado el equipo de gobierno en nota de prensa. 

«La modificación aprobada hoy resuelve desajustes y favorece la interpretación entre el PGOU y otras normativas supramunicipales; adapta la regulación del suelo no urbanizable a las determinaciones de carácter normativo del POT del Campo de Gibraltar, y evita  contradicciones e incompatibilidades existentes con el actual PGOU», ha añadido.

El alcalde de Tarifa, Francisco Ruiz, ha abogado hoy por sacar del debate electoral y partidista una adaptación –subrayaba- importante para los vecinos residentes en la zona y el tejido turístico de Tarifa. Ruiz Giráldez ha destacado que el impulso a la regulación de fincas fuera de ordenación es una medida que revierte en toda la ciudadanía: propietarios y empresarios, pendientes de adaptaciones para resolver desajustes históricos en el urbanismo de la zona.

La modificación del PGOU suprime la prohibición actual del uso hotelero en el suelo no urbanizable de carácter natural o rural. Permite así que establecimientos turísticos actualmente fuera de ordenación legalicen su situación y adapten y modernicen sus instalaciones en el marco de los diferentes instrumentos de planificación en vigor. 

El acuerdo adoptado establece también una superficie mínima exigible a cada actuación en suelo no urbanizable, dependiendo del uso que se quiera implantar, y limita la edificabilidad. La modificación también resolverá las actuales limitaciones de las pequeñas y medianas explotaciones agropecuarias colindantes a los núcleos rurales de población que pueden ahora implantar instalaciones necesarias para su desarrollo en las inmediaciones de los núcleos habitados. 

Las edificaciones en situación legal fuera de ordenación tendrán un espectro de obras autorizables más amplio que el establecido en el PGOU vigente. En este caso sólo se permiten las obras necesarias para el estricto mantenimiento de las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad. Por ejemplo, se eliminan aquí restricciones como las que antes pesaban en la reparación de techumbres y cubiertas de inmuebles, limitadas al 10 por ciento de la superficie total. 

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