Las solicitudes para organizar un evento en la vía pública deben presentarse con una antelación de 30 días

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A fin de coordinar los servicios y materiales municipales dispuestos para cubrir estos eventos con eficacia, el Ayuntamiento informa a entidades, asociaciones, comunidades de vecinos, entre otros, que las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento con una antelación mínima de 30 días al previsto para su celebración.
Entre los requisitos que se exigen, la entidad organizadora deberá tener contratado un seguro de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía de carácter ocasional y extraordinario, que cubra las incidencias que pudieran producirse durante el montaje, el desarrollo y el desmontaje de la actividad.
En el caso de que el Ayuntamiento apreciare deficiencias en la solicitud o documentación preceptiva, habrá un plazo de diez días para subsanarlas. Transcurrido dicho plazo sin subsanación, la petición se tendrá por desistida. Los informes necesarios para la tramitación de las autorizaciones tendrán carácter vinculante cuando se opongan a la realización del evento,  propongan variaciones, establezcan limitaciones o medidas específicas de protección del medio ambiente, que estén debidamente justificadas. La resolución de autorización podrá exigir la obligación de establecer un servicio de vigilancia privado cuando concurran circunstancias de especial riesgo.
La delegación de Mercados y Comercio señala la importancia de respetar los plazos establecidos, ya no se garantiza la tramitación satisfactoria de las solicitudes que no se presenten en tiempo y forma. Por último, se recuerda que las actividades y eventos no podrán extenderse más allá de las 2.00 de la madrugada.]]>

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